La empresa adjudicataria solicitó a los trabajadores de MV SS que deseen continuar en el puesto que se presenten antes del 10 de noviembre. “HUARPE SRL manifestó su intención de confirmar la continuidad laboral del personal que estuvo afectado al Servicio de Seguridad en MSC por la empresa MV SS siempre que, los mismos cumplan con las exigencias legales y habilitaciones previstas por la normativa provincial aplicable”, destacaron desde la firma.
COMUNICADO EMPRESA HUARPE SRL
4 de NOVIEMBRE de de 2025
- “HUARPE S.R.L.” es la empresa adjudicataria del nuevo contrato de prestación de servicios de seguridad y vigilancia para la empresa MINERA SANTA CRUZ (MSC); por haber resultado ganadora del proceso de licitación del servicio de seguridad patrimonial al que MSC llamara en el año 2025.
- Es por ello, ante la inminencia de los plazos conferidos por MSC, que HUARPE SRL solicita a través del presente comunicado que los trabajadores que se desempeñaron en la tarea de vigiladores en San José para la empresa MV SS (empresa saliente que presto el servicio de seguridad y vigilancia para la MINERA MSC hasta las 24:00 horas del día 31 de octubre de 2025) y que quieran mantener su fuente de trabajo a que un plazo no mayor a siete (7) días cumplidos el 10 de noviembre del 2025, se presenten o se comuniquen con la empresa HUARPE SRL. Vencido dicho plazo la empresa HUARPE SRL comenzara el proceso de contratación de personal necesario para completar la dotación de vigiladores.
- Se pone en conocimiento a través del presente comunicado que, HUARPE SRL manifestó su intención de confirmar la continuidad laboral del personal que estuvo afectado al Servicio de Seguridad en MSC por la empresa MV SS siempre que, los mismos cumplan con las exigencias legales y habilitaciones previstas por la normativa provincial aplicable, y que además se comprometió a mantener la equiparación salarial, asegurando que los trabajadores perciban una remuneración equivalente a la vigente, independientemente de la denominación o estructura de los conceptos remunerativos que actualmente figuren en los recibos de MV SS; todo ello sujeto a que la recepción del personal se efectué sin continuidad jurídica con MV SS considerando que la empresa saliente realizara la correspondiente indemnización conforme a lo dispuesto por la Ley de Contrato de Trabajo, incluyendo los rubros que pudieran corresponder por finalización de la relación laboral.
Fuente: LA OPINION AUSTRAL





















