Del 30% de Regalías al 100% de trabajo
El senador nacional José María Carambia volvió a instalar una discusión sobre las condiciones que deben cumplir las empresas petroleras y mineras que explotan recursos naturales en Santa Cruz. Esta vez propuso que las nuevas concesiones estén sujetas a la contratación del 100% de trabajadores santacruceños, una exigencia que pretende superar los esquemas del 70/30 y del actual 90/10. La iniciativa recupera un interrogante que ya había surgido cuando el legislador impulsó elevar hasta el 30% el límite de las regalías mineras: ¿hasta qué punto las propuestas de máxima exigencia pueden convertirse en políticas públicas efectivas?
La defensa del empleo local y la necesidad de que Santa Cruz obtenga mayores beneficios de sus recursos naturales constituyen objetivos legítimos. La provincia tiene razones para reclamar que la actividad extractiva se traduzca en oportunidades laborales, desarrollo de proveedores, inversión y crecimiento de las comunidades. Sin embargo, reconocer la validez de esos objetivos no implica aceptar que cualquier herramienta propuesta para alcanzarlos resulte jurídicamente viable, económicamente sostenible o administrativamente ejecutable.
Te puede interesar: Carambia encendió la polémica en el Senado: denunció incumplimientos de la 90/10 y posibles maniobras para eludir controles
En una entrevista concedida a El Caletense Radio, Carambia cuestionó la efectividad de las leyes que establecieron porcentajes mínimos de contratación santacruceña y sostuvo que las obligaciones vigentes no cuentan con mecanismos sancionatorios suficientemente contundentes. Su propuesta consiste en incorporar la contratación local como requisito indispensable para acceder a nuevas concesiones petroleras y mineras, con penalidades que podrían comprometer la continuidad de esos derechos.
El senador reconoció que existirían excepciones para determinadas especialidades cuando no se disponga de trabajadores santacruceños capacitados. También admitió las dificultades jurídicas de modificar retroactivamente contratos existentes. Por lo tanto, el anunciado 100% no sería completamente absoluto y su aplicación estaría concentrada, principalmente, en futuras adjudicaciones. El alcance concreto de esas excepciones y el mecanismo sancionatorio deberán verificarse cuando se conozca el articulado definitivo.
La iniciativa aparece en un contexto de dificultades laborales en distintas localidades santacruceñas y de discusiones sobre el futuro de las concesiones hidrocarburíferas. Carambia vinculó expresamente su planteo con la situación de Pan American Energy y afirmó que alrededor de 400 trabajadores provenientes de Chubut ingresan a desempeñar tareas en áreas de Santa Cruz. Esa cifra, atribuida al legislador, requiere corroboración documental para determinar la residencia efectiva de los trabajadores, sus condiciones contractuales y la eventual existencia de incumplimientos.

La discusión, no obstante, excede un caso empresarial. Santa Cruz ya modificó su régimen de empleo local al elevar la exigencia del 70% al 90% mediante la Ley Provincial 3960, que introdujo nuevas condiciones de residencia y contratación. El sistema contempla mecanismos de fiscalización, excepciones y un régimen sancionatorio. En consecuencia, afirmar que la legislación vigente carece completamente de herramientas para actuar frente a incumplimientos no describe adecuadamente el marco normativo.
Otra cuestión, ciertamente diferente, es establecer si esas herramientas son suficientes, si se utilizan correctamente y qué resultados han producido. Allí aparece una debilidad importante del debate público: todavía resulta necesario contar con información integral, actualizada y accesible sobre el cumplimiento efectivo del 90/10, las empresas fiscalizadas, las infracciones detectadas, las sanciones aplicadas y las excepciones autorizadas.
Sin esos indicadores, resulta difícil sostener que el régimen fracasó o que su reemplazo por una obligación del 100% solucionaría los problemas existentes. Antes de volver a modificar los porcentajes, sería razonable conocer qué ocurrió con los compromisos establecidos anteriormente.
El peligro de ir a los extremos
El antecedente de las regalías mineras permite comprender mejor el alcance político de esta nueva iniciativa. En mayo de 2024, durante el tratamiento de la Ley Bases en el Congreso Nacional, Carambia propuso modificar la Ley 24.196 de Inversiones Mineras para elevar del 3% al 30% el límite máximo de regalías que podían establecer las provincias sobre el valor boca mina de los minerales extraídos. No era la primera vez que defendía esa posición: durante su campaña a gobernador en 2019 ya había planteado públicamente que las empresas mineras debían pagar un 30% de regalías.
La discusión terminó con una modificación considerablemente menor: la legislación nacional habilitó un techo del 5% para determinados proyectos nuevos. El resultado dejó una enseñanza interesante. Una propuesta inicial que pretendía multiplicar por diez el límite vigente terminó derivando en una solución legislativa mucho más moderada, aunque igualmente resistida por parte del sector empresario.
Ese antecedente permite identificar una característica recurrente en las intervenciones de Carambia: la formulación de exigencias particularmente elevadas hacia las empresas extractivas, fundamentadas en el derecho de Santa Cruz a obtener mayores beneficios de sus recursos naturales. En 2024 fueron las regalías; ahora es la contratación de trabajadores. En ambos casos, el legislador plantea objetivos que pueden encontrar respaldo social, pero cuya implementación exige resolver cuestiones técnicas, económicas y jurídicas que no desaparecen por el solo hecho de establecerlas mediante una ley.
Sería apresurado concluir que estas propuestas responden exclusivamente a una estrategia de negociación o que constituyen medidas inviables. El antecedente de las regalías demuestra que una posición inicial de máxima exigencia puede terminar modificándose durante el tratamiento parlamentario. Sin embargo, no permite afirmar que el senador busque deliberadamente ese resultado en cada iniciativa.
También corresponde reconocer que la discusión sobre el porcentaje de regalías es legítima. El 3% puede ser cuestionado por su capacidad para representar adecuadamente la participación provincial en la renta minera. Pero determinar cuánto debería percibir Santa Cruz requiere analizar la rentabilidad de los yacimientos, los costos de producción, las inversiones necesarias para sostener su vida útil y la carga tributaria total. Un porcentaje más elevado no garantiza por sí mismo una mayor recaudación futura si afecta la continuidad o el desarrollo de proyectos económicamente sensibles.
En materia laboral sucede algo semejante. La contratación de trabajadores santacruceños debe ser una prioridad, especialmente en una provincia que ha desarrollado capacidades técnicas y profesionales durante décadas de actividad minera y petrolera. Sin embargo, alcanzar el 100% exige conocer previamente si existe disponibilidad suficiente de personal para cubrir todas las funciones, incluidas aquellas que requieren conocimientos especializados o experiencia en tecnologías específicas, aunque el legislador dejó claro en este sentido que el proyecto considera excepciones.
La minería, además, presenta particularidades que no pueden equipararse automáticamente con las del petróleo. Las concesiones mineras se encuentran reguladas por el Código de Minería de la Nación, mientras que las concesiones hidrocarburíferas responden a otro régimen jurídico. En consecuencia, incorporar una obligación laboral como condición de una nueva adjudicación petrolera no significa necesariamente que pueda aplicarse el mismo mecanismo, sin adecuaciones, a los derechos mineros.
A esto se suma el marco constitucional. Las provincias tienen el dominio originario de sus recursos naturales, reconocido por el artículo 124 de la Constitución Nacional, pero el ejercicio de esa facultad debe armonizarse con los derechos de igualdad, trabajo y circulación reconocidos a todos los habitantes del país. La aceptación de una condición contractual por parte de una empresa tampoco elimina la posibilidad de que esa exigencia sea sometida a revisión judicial.
La experiencia reciente también ofrece elementos para evaluar el problema desde otra perspectiva. En septiembre, el Sindicato del Petróleo, Gas Privado y Energías Renovables de Santa Cruz informó un acuerdo con Pan American Energy para que los puestos vinculados con un nuevo programa de inversión fueran cubiertos por trabajadores santacruceños. El entendimiento, según la información difundida, contemplaba un programa de 280 pozos y surgió después de un prolongado conflicto gremial. Se trata de un compromiso anunciado cuyo cumplimiento efectivo debe verificarse a medida que se ejecuten las inversiones.
Por otra parte, el propio Gobierno de Santa Cruz ha desarrollado acciones de fiscalización sobre el cumplimiento del 90/10. Durante 2026, las autoridades provinciales mantuvieron reuniones con operadoras mineras, exigieron información sobre las nóminas laborales y reclamaron planes de capacitación y sustitución progresiva de trabajadores externos. La reglamentación vigente también contempla sanciones y mecanismos de excepción para especialidades que no puedan cubrirse con personal disponible en la provincia.
Cuántas empresas cumplen efectivamente el 90/10, cuántas fueron sancionadas, qué proporción de trabajadores externos cuenta con excepciones justificadas y cuántos santacruceños fueron incorporados mediante programas de capacitación son datos indispensables para evaluar el funcionamiento del régimen.
Sin esa información, la discusión corre el riesgo de transformarse en una sucesión de porcentajes cada vez más exigentes, sin una evaluación suficiente de sus resultados.
También existe una diferencia fundamental entre aumentar la participación local en el empleo disponible y generar nuevos puestos de trabajo. Una operación que emplea a mil personas con un 90% de trabajadores santacruceños representa 900 puestos locales. Otra que emplea a 600 personas con el 100% de contratación provincial representa solamente 600. El ejemplo es hipotético, pero permite comprender que un porcentaje mayor no garantiza automáticamente más oportunidades laborales.
Por supuesto, tampoco corresponde asumir que una exigencia del 100% provocaría necesariamente una reducción de inversiones o puestos de trabajo. Esa posibilidad debe estudiarse según las características de cada proyecto, las capacidades laborales existentes y las condiciones económicas de la actividad.
El desafío consiste precisamente en encontrar el equilibrio entre exigir una participación cada vez mayor de los trabajadores santacruceños y sostener las condiciones necesarias para que las empresas inviertan, produzcan y amplíen sus dotaciones.
Las propuestas de Carambia vuelven a poner sobre la mesa una discusión que Santa Cruz necesita dar. Pero el debate no debería limitarse a determinar si el porcentaje correcto es 70, 90 o 100, del mismo modo que la distribución de la renta minera no puede resolverse únicamente contraponiendo un 3% con un 30%.
Los recursos naturales pertenecen a la provincia, pero su aprovechamiento requiere inversiones, trabajadores capacitados, empresas proveedoras, controles estatales y reglas que puedan sostenerse en el tiempo.
La responsabilidad de quienes legislan consiste en transformar las demandas sociales en herramientas eficaces. Y cuanto más ambiciosa sea una propuesta, mayores deberían ser los fundamentos que permitan demostrar su viabilidad.
Te puede interesar también: 10 veces más. Entre los principales cambios que propone Carambia para el cobro de regalías mineras
Santa Cruz necesita más empleo, mejores oportunidades para sus habitantes y una participación justa en los beneficios de la actividad extractiva. Necesita también información pública para conocer qué resultados producen las leyes vigentes y qué aspectos deben corregirse.
Porque una cosa es establecer obligaciones cada vez más exigentes y otra, bastante diferente, conseguir que esas obligaciones se traduzcan en beneficios concretos.
El verdadero desafío no es determinar hasta dónde pueden elevarse los porcentajes, sino cuánto de lo que se promete puede efectivamente cumplirse.





























