La media sanción de un nuevo régimen nacional para incentivar inversiones desde los US$ 12 millones coincidió con la presentación de la Ley Provincial 4011 ante inversores y grandes empresas en Rosario. Mientras Santa Cruz busca atraer industrias y ampliar la participación de sus proveedores en las cadenas de valor, los dos senadores de la provincia votaron en contra del proyecto nacional. Los alcances, las diferencias y las oportunidades que se abren para la actividad minera y la economía santacruceña.
Santa Cruz quedó situada en el cruce de dos iniciativas que, aunque tienen distinto origen, alcance y estado legislativo, comparten un objetivo general: generar condiciones para que las inversiones productivas se traduzcan en actividad económica, empleo y desarrollo de proveedores.
Por un lado, el Senado de la Nación otorgó media sanción al Régimen de Incentivo para Inversiones Relevantes (RIIR), una propuesta que busca cubrir un espacio entre los incentivos destinados a las pequeñas y medianas empresas y el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).
Por otro, el Gobierno provincial puso en marcha la actualización de su Sistema de Promoción y Desarrollo Industrial mediante la Ley 4011 y llevó esa herramienta a Rosario, en una ronda de negocios que reunió a grandes proyectos de inversión con empresas proveedoras de todo el país.
La simultaneidad de los acontecimientos tiene especial interés para Santa Cruz. La provincia mantiene pendiente el desafío de ampliar el impacto de esa actividad sobre el entramado productivo local y la discusión ya no pasa solamente por atraer inversiones o sostener los niveles de producción, sino también por generar condiciones para que una mayor proporción de los bienes, servicios, capacidades técnicas y puestos de trabajo vinculados con esos proyectos puedan desarrollarse dentro del territorio provincial.
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El primer movimiento se produjo el jueves 29 de octubre, cuando el Senado aprobó por 60 votos afirmativos y dos negativos el proyecto que crea el RIIR. La iniciativa fue impulsada por el senador radical Eduardo Vischi y recibió el acompañamiento del oficialismo y de distintos sectores de la oposición. Los únicos votos en contra fueron los de los representantes santacruceños José María Carambia y Natalia Gadano. El proyecto obtuvo media sanción y fue girado a la Cámara de Diputados, por lo que todavía no constituye una ley vigente.
El RIIR propone incentivos fiscales para inversiones productivas a partir de los 12 millones de dólares y está dirigido a empresas que superen los parámetros correspondientes a la categoría de mediana empresa tramo 2. Entre sus principales herramientas contempla la amortización acelerada de bienes de capital en el impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada de créditos fiscales del IVA, mecanismos destinados a mejorar el tratamiento tributario de las inversiones y reducir los tiempos de recuperación de parte del capital aplicado a proyectos productivos.
El régimen alcanza, entre otras actividades, la adquisición, elaboración, fabricación o importación de bienes muebles nuevos —con excepción de automóviles— y la realización de obras vinculadas con actividades industriales. También contempla determinados rubros específicos, como sistemas y equipos de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo para el sector agropecuario, inversiones forestales y equipamiento destinado a la actividad pesquera. Quedan excluidos los activos financieros, los bienes de cartera y los bienes de cambio.
Uno de los puntos incorporados durante el tratamiento parlamentario fue el compromiso de contratación de proveedores nacionales. El proyecto establece que el plan de desarrollo deberá contemplar compras de bienes transables a proveedores argentinos por un monto equivalente, como mínimo, al 20% de la inversión destinada al pago de proveedores de esos bienes, siempre que exista oferta nacional disponible y en condiciones de mercado. La propuesta también prevé mecanismos para analizar si los precios de los bienes importados responden efectivamente a condiciones competitivas cuando se argumente que no existe una oferta local adecuada.
Este aspecto resulta relevante para las provincias mineras, aunque requiere una precisión: el compromiso previsto por el RIIR se refiere a proveedores nacionales, no establece una reserva específica para empresas de Santa Cruz ni garantiza que ese porcentaje de compras se realice en la provincia donde se ejecuta la inversión. La participación de las empresas santacruceñas dependerá, por lo tanto, de su capacidad para ofrecer bienes y servicios competitivos, cumplir los requisitos de contratación y vincularse con las compañías que desarrollen los proyectos.
La posición de los senadores santacruceños también forma parte del panorama. Gadano y Carambia votaron en contra de la iniciativa en general, en una votación que reunió 60 adhesiones. El dato adquiere relevancia por tratarse de una herramienta nacional que puede alcanzar inversiones industriales y actividades vinculadas con sectores estratégicos para la provincia. Sin embargo, la información pública consultada sobre el resultado de la votación no permite establecer por sí sola cuáles fueron los fundamentos particulares de cada rechazo. Por esa razón, corresponde consignar la posición legislativa sin atribuirles argumentos que no hayan sido documentados.
Rosario: la oportunidad de vincular grandes inversiones con proveedores
En paralelo al tratamiento del RIIR, Rosario fue escenario de la primera Ronda de Negocios vinculada con el RIGI, organizada por el Ministerio de Economía de la Nación junto con el Gobierno de Santa Fe. El encuentro se desarrolló el 29 de octubre en la Estación Fluvial y convocó a representantes de grandes proyectos de minería, industria e infraestructura con empresas proveedoras de distintas provincias.
La convocatoria oficial había anunciado la participación de 43 grandes compañías. La agenda contempló reuniones comerciales, espacios de vinculación entre proveedores, presentaciones de proyectos, charlas técnicas y asesoramiento sobre financiamiento, certificaciones, productividad y asistencia industrial.
Entre las compañías y proyectos que formaron parte de la agenda estuvieron grandes operadoras de los sectores minero, energético e industrial. También se programaron exposiciones sobre experiencias de integración de proveedores en otras provincias y espacios específicos para que las empresas conocieran necesidades de abastecimiento, procesos de compra y condiciones para incorporarse a las cadenas de suministro.
El encuentro tuvo una dimensión que excede la presentación institucional de los beneficios del RIGI. Su propósito fue acercar la demanda de grandes inversiones a la oferta de empresas nacionales, facilitar contactos comerciales y generar oportunidades de contratación. Según el balance difundido después de la jornada, se realizaron alrededor de 3.300 reuniones de negocios y networking. Esa cifra corresponde al balance posterior del encuentro y no debe confundirse con la cantidad de reuniones que se habían previsto inicialmente en la agenda oficial.
La participación de Santa Cruz tuvo una particularidad: la provincia llegó a Rosario apenas un día después de que el gobernador Claudio Vidal encabezara la puesta en marcha de la Ley de Promoción Industrial 4011. La delegación estuvo integrada por la ministra de la Producción, Comercio e Industria, Nadia Ricci; el ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura, Ezequiel Verbes; y el secretario de Estado de Comercio e Industria, Paulo Lunzevich.
La comitiva presentó ante inversores, cámaras empresariales y grandes operadoras los alcances del régimen provincial, con el propósito de promover la radicación de industrias y facilitar la incorporación de empresas santacruceñas a las cadenas de valor de los grandes proyectos. La presencia provincial se inscribió así en una agenda nacional que busca ampliar la participación de proveedores argentinos en las inversiones mineras, energéticas y de infraestructura.
La agenda de Rosario incluyó, además, un espacio específico sobre desarrollo de proveedores en minería con representantes de operadoras del sector. Entre ellos estuvo Sabrina Bochini, de Supply Chain de Newmont en Santa Cruz. La presencia de una referente de abastecimiento de una operadora con actividad en la provincia resulta significativa para comprender que la integración de proveedores no depende exclusivamente de incentivos fiscales: también requiere conocer las necesidades de compra de las compañías, sus estándares técnicos, los procesos de homologación y las condiciones comerciales que deben cumplir las empresas interesadas.
Qué ofrece Santa Cruz con la Ley 4011
La herramienta provincial tiene un recorrido anterior a los acontecimientos de esta semana. La Ley 4011 fue sancionada por la Legislatura el 11 de junio de 2026, promulgada el 7 de julio y publicada en el Boletín Oficial el 16 de julio. Modificó el régimen de promoción industrial establecido por la Ley 3092 y sus normas complementarias, ampliando los sectores alcanzados y actualizando los instrumentos disponibles para incentivar inversiones.
La reglamentación llegó mediante el Decreto 1065/2026, fechado el 19 de octubre y publicado el 23 de octubre. La presentación encabezada por Vidal se realizó el 28 de octubre en el Polo Industrial y Comercial de Santa Cruz Puede S.A.U. De esta manera, la norma ya cuenta con sanción, promulgación y reglamentación, a diferencia del RIIR nacional, que todavía debe completar su tratamiento en Diputados.
La Ley 4011 amplía los objetivos de la promoción provincial. No se limita a la instalación de industrias tradicionales: incorpora expresamente actividades vinculadas con la economía del conocimiento, los servicios, las energías renovables y la generación de polos de desarrollo económico. También establece prioridades para emprendimientos relacionados con los sectores agrícola, ganadero, forestal, minero, hidrocarburífero, energético, pesquero, turístico y de la construcción.
Entre las condiciones que contempla se encuentran la utilización de materias primas y recursos naturales de origen provincial, la producción de insumos requeridos por otras actividades económicas, el agregado de valor, la generación de empleo directo e indirecto, el desarrollo de infraestructura y la producción de bienes exportables. Los proyectos deben acreditar factibilidad y rentabilidad, contar con capacidad técnica, económica y empresarial, y ajustarse a las exigencias ambientales previstas en la normativa.
Los beneficios establecidos son variados. La ley permite otorgar exenciones de tributos provinciales por hasta diez años para empresas radicadas fuera de parques industriales y hasta quince años para aquellas instaladas dentro de esos espacios. También prevé subsidios de hasta el 25% en los costos de electricidad, agua y cloacas para empresas fuera de parques industriales y de hasta el 50% para las radicadas dentro de ellos, con plazos máximos de cinco y diez años, respectivamente.
A esos instrumentos se suman la devolución de aportes y contribuciones patronales por la incorporación de nueva mano de obra santacruceña durante un año, subsidios de tasas de interés, líneas de financiamiento preferencial, asistencia técnica y programas de capacitación. La normativa contempla, además, certificados de crédito fiscal que pueden transferirse a proveedores inscriptos en el Registro Único de Proveedores de Actividades Económicas (RUPAE), siempre que cuenten con la clasificación de proveedor local.
Otro componente es la estabilidad fiscal por treinta años, que la ley establece para las empresas que hayan accedido al régimen una vez cumplidos los períodos de exención. No se trata de un beneficio que deba interpretarse como una estabilidad automática desde la presentación del proyecto: está sujeto a las condiciones y etapas previstas en la propia norma.
La ley también establece que las empresas beneficiarias deben contar con domicilio legal en el país y, necesariamente, al menos una sucursal o base operativa con domicilio real en Santa Cruz. El plazo para evaluar los proyectos no puede superar los 60 días corridos desde que se presenta la información completa. La evaluación está a cargo de un comité integrado por representantes de las áreas provinciales de Producción, Economía, Comercio e Industria.
Hay una condición que merece especial atención para comprender el alcance real del régimen. Durante la presentación de la ley, la ministra Nadia Ricci explicó que los beneficios se otorgan una vez que la empresa haya ejecutado el 80% del compromiso de inversión asumido. Es decir, no alcanza con anunciar una inversión, presentar una iniciativa o comprometer un desembolso futuro: el acceso a los incentivos está vinculado con un nivel significativo de ejecución efectiva. La funcionaria también señaló que la reglamentación prioriza la incorporación de nuevos trabajadores y no la simple inclusión de personal que ya integra la nómina de una empresa.
El diseño provincial incorpora, además, dos fondos con funciones diferentes. El Fondo de Incentivo Industrial está destinado a financiar emprendimientos mediante líneas de crédito, subsidios de tasas y otros instrumentos de promoción, con especial consideración de la generación de empleo local y las buenas prácticas sociales y ambientales. El Fondo de Fortalecimiento Tecnológico Productivo, por su parte, busca aportar capacitación, herramientas de gestión, equipamiento y tecnología aplicada. La ley establece entre sus fuentes de financiamiento un canon mensual de 0,05 módulos por hectárea concedida u otorgada a las personas físicas o jurídicas dedicadas a la exploración y explotación minera.
La combinación de estos instrumentos busca atender distintas etapas del desarrollo productivo: desde la decisión de instalar una industria hasta la incorporación de tecnología, el financiamiento, la capacitación y la contratación de trabajadores. Pero su efectividad dependerá de la capacidad de los organismos provinciales para evaluar proyectos, administrar los fondos, resolver trámites dentro de los plazos establecidos y acompañar las inversiones que efectivamente se concreten.
De los recursos mineros a la producción local
La discusión tiene una dimensión económica concreta. Durante la presentación de la Ley 4011, Nadia Ricci mencionó datos de exportaciones provinciales correspondientes a 2025, atribuidos al INDEC. Según esas cifras, Santa Cruz exportó por 2.953 millones de dólares. De ese total, 2.094 millones correspondieron a minería; 437 millones a productos primarios; 347 millones a combustibles y energía; y 75 millones a manufacturas de origen agropecuario.
La composición muestra el peso de la actividad minera en el comercio exterior provincial y, al mismo tiempo, la dimensión del desafío de diversificación. La minería es uno de los principales motores económicos de Santa Cruz, pero el volumen de exportaciones del sector no se traduce automáticamente en una estructura industrial local de escala equivalente. La posibilidad de producir insumos, incorporar procesos de transformación y ampliar la participación de empresas santacruceñas en las compras de las operadoras constituye una de las vías para fortalecer ese vínculo.
En ese sentido, durante la presentación del régimen provincial, el ministro de Energía y Minería, Jaime Álvarez, mencionó dos posibilidades concretas para la actividad minera: fabricar en Santa Cruz las mallas utilizadas en labores subterráneas y producir peróxido destinado a esa industria. También se refirió a oportunidades de desarrollar procesos industriales vinculados con el petróleo y el gas, como plantas de tratamiento y elaboración de productos derivados.
Se trata de alternativas mencionadas por el funcionario como oportunidades de producción local, no de inversiones ya confirmadas. Hasta el momento de esta publicación no se habían informado empresas responsables, montos de inversión, localizaciones, cronogramas de ejecución ni capacidades productivas para esos posibles emprendimientos. La diferencia es importante: identificar una demanda y señalar que existe una oportunidad no equivale a tener una planta proyectada, financiada o en construcción.
La fabricación de insumos para minería puede abrir un espacio de desarrollo para empresas industriales, talleres, proveedores tecnológicos y firmas de servicios. Sin embargo, para que esas posibilidades se conviertan en actividad sostenida deberán existir estudios de mercado, demanda suficiente, estándares de calidad, disponibilidad de insumos, financiamiento y condiciones logísticas competitivas. La cercanía con las operaciones puede representar una ventaja, pero no reemplaza la necesidad de cumplir las exigencias técnicas y comerciales de las compañías mineras.
En este punto, la Ley 4011 incorpora una herramienta que puede resultar relevante para las empresas proveedoras: los certificados de crédito fiscal transferibles a proveedores locales inscriptos en el RUPAE. La posibilidad de que esos certificados alcancen a empresas santacruceñas abre un mecanismo de articulación entre los beneficios otorgados a los proyectos industriales y su cadena de abastecimiento. Su alcance concreto dependerá de las condiciones de cada proyecto y de la efectiva utilización de ese instrumento.
La provincia cuenta, además, con antecedentes normativos orientados a fortalecer la contratación local. El Registro Único de Proveedores de Actividades Económicas y las disposiciones provinciales sobre proveedores forman parte de ese esquema. Pero la existencia de registros y preferencias legales no resuelve por sí sola las dificultades que enfrentan las empresas locales para ingresar en las cadenas de compras de las grandes operadoras. La capacidad financiera, la certificación, la escala, la logística, los plazos de pago y los requisitos administrativos siguen siendo factores determinantes.
Por eso, la ronda de Rosario y la presentación de la Ley 4011 deben leerse como partes de una misma discusión económica, aunque respondan a instrumentos diferentes. Una apunta a conectar grandes proyectos con proveedores nacionales; la otra busca ofrecer condiciones para que nuevas actividades industriales se radiquen en Santa Cruz y para que las empresas provinciales amplíen sus capacidades. El desafío consiste en que esa articulación no quede limitada a reuniones institucionales, anuncios o beneficios normativos, sino que se traduzca en contratos, inversiones ejecutadas, producción y empleo.
Dos regímenes, una misma pregunta para Santa Cruz
El RIIR y la Ley 4011 no son equivalentes ni se encuentran en el mismo estado. El primero es un proyecto nacional que obtuvo media sanción y todavía debe ser tratado por la Cámara de Diputados. Su propuesta está dirigida a inversiones productivas que superen determinados umbrales y contempla incentivos tributarios, además de un compromiso de contratación de proveedores nacionales bajo condiciones específicas. La segunda es una ley provincial vigente y reglamentada, con instrumentos fiscales, financieros, laborales y tecnológicos para promover la instalación y expansión de industrias en Santa Cruz.
Tampoco debe suponerse que los beneficios de ambos regímenes se acumularán automáticamente sobre una misma inversión. La eventual compatibilidad dependerá de las disposiciones aplicables, las condiciones de cada instrumento y las decisiones de las autoridades competentes. La aprobación del RIIR en Diputados, si se produce, será un paso necesario para conocer su texto definitivo y su implementación.
Para Santa Cruz, el interés de este escenario está en la posibilidad de conectar tres dimensiones que históricamente no siempre avanzaron al mismo ritmo: la llegada de inversiones, el desarrollo de proveedores y la incorporación de trabajadores locales. La minería ofrece una demanda significativa de bienes y servicios, pero el aprovechamiento de esa demanda requiere empresas capaces de responder en calidad, precio, escala y continuidad. La promoción industrial puede contribuir a construir esas capacidades, aunque no las genera por sí sola.
En los últimos meses, Extremo Minero también informó sobre la agenda de trabajo entre CAPROMISA y Newmont para fortalecer la participación de empresas santacruceñas en Cerro Negro. CAPROMISA y Newmont profundizan una agenda de trabajo para fortalecer a los proveedores santacruceños.
La provincia tiene una oportunidad para ampliar el valor que retiene de sus actividades productivas. Los instrumentos están planteados: incentivos nacionales en tratamiento tributario para determinadas inversiones, una ley provincial que amplía las herramientas de promoción industrial y espacios de vinculación comercial con grandes empresas. Lo que todavía no puede darse por hecho es el resultado económico de esa combinación.
El punto decisivo será que las oportunidades identificadas se conviertan en proyectos viables, que los beneficios se otorguen sobre inversiones efectivamente ejecutadas y que las empresas santacruceñas puedan incorporarse de manera sostenida a las cadenas de abastecimiento. Para una provincia cuya economía exportadora tiene un fuerte componente minero, el desarrollo industrial y de proveedores no es un aspecto accesorio: es una de las condiciones para que la actividad extractiva tenga un impacto más amplio y duradero sobre el empleo y la economía local.




























